DECRETO-LEGGE 28 marzo 2025, n. 36
Disposizioni urgenti in materia di cittadinanza. (25G00049) (GU Serie Generale n.73 del 28-03-2025)
Cambios en la Ley de Ciudadanía Italiana: Nuevas restricciones y requisitos
El gobierno italiano ha promulgado recientemente un decreto-ley que introduce cambios significativos en la normativa sobre la ciudadanía italiana. Estas modificaciones, impulsadas por preocupaciones de seguridad nacional y la necesidad de regular el creciente número de solicitudes, establecen nuevas restricciones y requisitos para la transmisión automática de la ciudadanía a personas nacidas y residentes en el extranjero.
Nuevas disposiciones
El artículo 1 del decreto-ley introduce el artículo 3-bis en la Ley 91/1992, que establece que una persona nacida en el extranjero y con otra ciudadanía se considera que nunca adquirió la ciudadanía italiana, a menos que cumpla con una de las siguientes condiciones:
- Solicitud presentada antes del 28 de marzo de 2025:
- Que el estado de ciudadano haya sido reconocido, de acuerdo con la normativa vigente al 27 de marzo de 2025, mediante una solicitud presentada antes de las 23:59 (hora de Roma) de esa fecha.
- Que el estado de ciudadano haya sido reconocido judicialmente, de acuerdo con la normativa vigente al 27 de marzo de 2025, mediante una demanda judicial presentada antes de las 23:59 (hora de Roma) de esa fecha.
- Vínculos familiares con Italia:
- Que uno de los padres o adoptantes ciudadanos haya nacido en Italia.
- Que uno de los padres o adoptantes ciudadanos haya residido en Italia durante al menos dos años consecutivos antes del nacimiento o adopción del hijo.
- Que un ascendiente ciudadano de primer grado de los padres o adoptantes ciudadanos haya nacido en Italia.
Cambios en el procedimiento Judicial
El artículo 19-bis del Decreto Legislativo 150/2011 también se modifica, estableciendo nuevas reglas para las controversias relacionadas con la ciudadanía italiana:
- Se restringe el uso de juramentos y pruebas testimoniales en estos procedimientos.
- Se exige que el solicitante pruebe la inexistencia de causas que impidan la adquisición o conlleven la pérdida de la ciudadanía.
Justificación y objetivos
El gobierno italiano justifica estos cambios en la necesidad de:
- Limitar el crecimiento exponencial de potenciales ciudadanos italianos residentes en el extranjero.
- Mitigar los riesgos para la seguridad nacional y de la Unión Europea derivados de la posible falta de vínculos efectivos con Italia por parte de estos ciudadanos.
- Evitar una avalancha incontrolada de solicitudes que saturen los consulados, municipios y juzgados italianos.